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    Sobre el «conflicto» entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo: la opción del legislador por la consagración de la supremacía del Tribunal Constitucional en la reforma de su ley orgánica

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    En diversas ocasiones se han producido tensiones entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, que han trascendido a la opinión pública y que han sido motivo de debates, tanto en la doctrina como en la arena política. Estas tensiones se agudizaron con ocasión de la famosa condena por responsabilidad civil de los Magistrados del Tribunal Constitucional por parte de la Sala Primera del Tribunal Supremo; y que ha sido causa de que el legislador haya introducido en la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional una serie de medidas tendentes a fortalecer la posición institucional del máximo intérprete de la Constitución. En este trabajo tratamos de acercarnos a estas tensiones, tanto cuando interviene la Sala Primera del Tribunal Supremo, como cuando interviene la Sala Segunda y la relevancia que tiene cada episodio. A esta situación, se une la fuerza jurídica con la que se acaba de dotar al Tribunal Constitucional con motivo de la reciente reforma de su ley orgánica. El Tribunal Constitucional dispone ahora del instrumento del artículo 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que pretende garantizar la fuerza vinculante de su jurisprudencia que ya se desprendía de la Constitución y su ley orgánica. Es necesario estudiar si esta reforma va a ser o no suficiente para garantizar de forma definitiva la supremacía del Tribunal Constitucional en nuestro sistema jurídico-constitucional; y en qué medida esta reforma afecta al equilibrio institucional existente. También se reflexiona, en último lugar, sobre la conveniencia de una articulación distinta del sistema de responsabilidad de los Magistrados constitucionales, que, sin restarles independencia, les dote de una mayor legitimidad en el ejercicio de su función

    Encaje constitucional de las medidas introducidas por la Ley Orgánica 15/2015: un estudio a través de las Sentencias del Tribunal Constitucional 185/2016 y 215/2016

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    El presente Trabajo de Fin de Grado tiene por objeto el estudio de la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho (en adelante, LORLOTC). Esta Ley Orgánica tuvo por objeto la introducción de diversos preceptos encaminados a dotar al Tribunal Constitucional (en adelante, TC) de una serie de mecanismos para asegurar el cumplimiento efectivo de sus resoluciones

    Las nuevas facultades ejecutivas del Tribunal Constitucional como sustitutivo funcional de los mecanismos de coerción estatal del artículo 155 de la Constitución

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    La aprobación de la Ley orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre del Tribunal Constitucional (en adelante LOTC), para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) como garantía del estado de derecho [Boletín Oficial del Estado (BOE) n.º 249, 17.10.2015] (en adelante, LO 15/2015), introdujo cambios substantivos en la justicia constitucional, con el objetivo, expresado en su preámbulo, de incorporar «en sede constitucional, instrumentos de ejecución que dotan al Tribunal de un haz de potestades para garantizar el cumplimiento efectivo de sus resoluciones», dada «la necesidad de adaptarse a las nuevas situaciones que pretenden evitar o soslayar tal efectividad obliga a desarrollar los instrumentos necesarios para que la garantía de efectividad sea real» (la cursiva es nuestra)

    La especial trascendencia constitucional como concepto juridico indeterminado.De la reforma de 2007 de la LOTC a la STC155/2009, de 25 de junio

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    En el presente artículo se estudia la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) del año 2007 en lo que afecta a los requisitos para admitir la demanda de amparo constitucional y, concretamente, la expresión «especial trascendencia constitucional» que recogen los artículos 49 y 50 de la LOTC, y la interpretación que de la misma hace la STC 155/2009 como concepto jurídico indeterminado

    La naturaleza jurídica del recurso de agravio constitucional: a propósito de la controvertida implementación de la exigencia de “especial transcendencia constitucional” en el Perú

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    Analiza si la incorporación del “especial transcendencia constitucional” como criterio de admisión del recurso de agravio constitucional respeta o no la esencia y naturaleza de los procesos constitucionales de tutela de derechos (acción de amparo, hábeas data, y hábeas corpus) y, por ende, del recurso de agravio constitucional como instrumento pleno de protección de los derechos fundamentales; y si este a su vez respeta el rol que tiene un tribunal constitucional en el marco de un Estado Constitucional como el peruano. Asimismo, se enfoca en desentrañar si es constitucionalmente válido la incorporación de la exigencia de “especial trascendencia constitucional” a través de un precedente judicial (sentencia con efectos vinculantes y con fuerza de Ley) del Tribunal Constitucional del Perú en ejercicio de su Autonomía Procesal, o en si en su defecto, una reforma de tal magnitud debió realizarse mediante una modificación o reforma legislativa de parte del Congreso de la República (Parlamento) con la promulgación de una Ley modificatoria del Código Procesal Constitucional del Perú, como sucedió en los países europeos, tal es el caso español y alemán con la reforma de la Ley Orgánica de sus respectivos Tribunales Constitucionales, en tanto poder del Estado que, por mandato de la Constitución Política del Perú, es el único facultado para regular el procedimiento y trámite de los procesos constitucionales.Trabajo de investigació

    Evolución legislativa posterior a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el aborto (STC 53/1985, de 11 de abril)

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    Con posterioridad a que la Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de abril de 1985 declarase contraria a la Constitución Española el Proyecto de Ley Orgánica de "reforma" del art. 417 bis del Código Penal, se produce por Ley Orgánica 9/1985 de 5 de julio, la incorporación del mencionado precepto al texto del Código Penal, que establece tres supuestos de aborto no punible. Al igual que en el Proyecto rechazado, la regulación propuesta por esta Ley Orgánica 9/1985 sigue el denominado "sistema de indicaciones". Las tres excepciones a la punibilidad del aborto, que sigue siendo la regla general, pueden considerarse causas de justificación específicas que excluyen la responsabilidad penal en los concretos supuestos previstos

    Análisis formal y material de la reforma del principio de jurisdicción universal en la legislación española: De la `abrogación de facto´ a la `derogación de iure´

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    El presente artículo analiza tanto el texto anunciado a finales del mes de mayo, como el proceso previsto de reforma del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dicho en otros términos, la derogación iniciada del principio de jurisdicción universal en la legislación española. Para tal labor, el estudio comenzará por exponer una breve caracterización del principio de jurisdicción universal desde la perspectiva del derecho internacional, para pasar a continuación a presentar la configuración del mismo según la jurisprudencia de los tribunales españoles; y singularmente del Tribunal Constitucional. Tras ello, se examinará la reforma en curso y sus más importantes implicaciones, ofreciendo una valoración sobre la base de todos los datos disponibles hasta el momento

    Liquidación de condena y cómputo de la prisión provisional

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    La reforma operada en el artículo 58 del Código Penal por la Ley Orgánica 5/2010 ha supuesto un cambio en la doctrina del Tribunal Constitucional respecto al abono de los periodos de prisión provisional a los penados que simultanean la condición de preso preventivo con la de penado que se encuentran ya cumpliendo otra u otras condenas

    La composición del Tribunal Constitucional. Especial referencia a los casos de Alemania e Italia.

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    El presente Trabajo estudia la composición del Tribunal Constitucional español y la compara con la situación de los tribunales constitucionales más prestigios y que le sirvieron de inspiración: el Bundesverfassungsgericht alemán y la Corte costituzionale italiana. En primer lugar, se realiza un breve repaso a los orígenes, la importancia y la significación de la justicia constitucional. En segundo lugar, se analiza la composición del Tribunal Constitucional español, con especial referencia a la reforma de más calado que esta ha sufrido: la introducida por la Ley Orgánica 6/2007. En tercer lugar, se analiza el estado de la cuestión en Italia y Alemania. Por último, se realiza una valoración crítica. El Trabajo muestra que la composición del Tribunal Constitucional es adecuada, plenamente equiparable a la de los tribunales con los que se compara, pero que existe margen para introducir ciertas reformas que la mejoren

    La «parlamentarización» de la forma de gobierno local: la reforma de la LOREG sobre la moción de censura y la cuestión de confianza local y su incidencia en el derecho de los concejales a ejercer un cargo público representativo

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    En el sistema político local pueden distinguirse dos elementos fundamentales: las relaciones entre el poder municipal y los ciudadanos y las relaciones entre los órganos de gobierno municipal, que configuran la forma de gobierno local. El trabajo se ocupa del estudio de uno de los aspectos que han dado lugar a la «parlamentarización» de la forma de gobierno local, la introducción de mecanismos de exigencia de responsabilidad política propios del parlamentarismo racionalizado como son la moción de censura y la cuestión de confianza local. Se analizan los requisitos, garantías, límites y efectos de la cuestión de confianza y de la moción de censura al Alcalde, con ocasión de la reforma de 2011 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, particularmente la incidencia que dicha reforma ha tenido sobre el derecho de los concejales a ejercer un cargo público representativo. En el trabajo también se aborda el examen de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, la STC 81/2012, de 18 de abril, en la que el Tribunal conoce de una cuestión de inconstitucionalidad sobre el art. 110.1.g) de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña de 1987 y fija doctrina jurisprudencial sobre la delimitación competencial en materia de la regulación de la moción de censura local.Ministerio de Ciencia e Innovació
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